Las empresas y los autónomos de Cantabria podrán acceder a ayudas de SODERCAN de hasta 50.000 euros para financiar actuaciones de internacionalización. El nuevo programa cubrirá hasta el 70 % de los gastos subvencionables y permitirá presentar solicitudes durante todo el año, sin esperar a los plazos cerrados de las convocatorias anteriores.
El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) ha publicado este miércoles, 28 de octubre, el decreto que regula el nuevo sistema, gestionado por la Sociedad para el Desarrollo Regional de Cantabria (SODERCAN). Las solicitudes podrán tramitarse desde el jueves 29 de octubre a través del gestor de ayudas de la empresa pública.
La principal novedad es la sustitución del procedimiento de concurrencia competitiva por un régimen de concesión directa. Las empresas podrán solicitar la subvención una vez realizados y pagados los gastos, aportando la documentación justificativa en el mismo procedimiento.
Las ayudas de SODERCAN cubrirán hasta el 70 % de los gastos de internacionalización
El nuevo programa establece una financiación del 70 % de los gastos subvencionables, con un máximo de 50.000 euros por empresa o persona autónoma.
Cada beneficiario podrá presentar hasta dos solicitudes por año natural. Para acceder a las ayudas será necesario acreditar una inversión mínima subvencionable de 5.000 euros.
En el caso de la primera solicitud, podrán incluirse actuaciones realizadas desde el 11 de octubre de 2025, siempre que cumplan los requisitos establecidos en el decreto.
Las subvenciones están dirigidas a empresas y autónomos de cualquier tamaño y forma jurídica que dispongan de un centro de trabajo en Cantabria y desarrollen actividades incluidas en los epígrafes previstos en la normativa. Quedan excluidas las empresas y entidades públicas.
El programa forma parte del I Plan de Internacionalización de Cantabria 2025-2028.
Las empresas podrán solicitar las subvenciones durante todo el año
Uno de los principales cambios del nuevo sistema es la eliminación de los plazos cerrados de presentación. Las solicitudes podrán realizarse de forma continuada durante el año, una vez publicada la convocatoria correspondiente.
También desaparece la obligación de elaborar previamente un plan de promoción comercial, exigencia contemplada en el modelo anterior.
Las empresas deberán presentar directamente los gastos ya realizados y pagados, junto con las facturas, los justificantes de pago y el informe de auditoría exigido.
De esta forma, la solicitud y la justificación de los gastos se tramitarán en un único procedimiento. Una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos y aprobada la petición, SODERCAN podrá gestionar el abono de la subvención.
El plazo máximo previsto para resolver las solicitudes será de tres meses desde su presentación.
Ferias, viajes comerciales y estudios de mercado entre los gastos subvencionables
El decreto reúne en una misma norma cinco líneas de apoyo a la internacionalización empresarial.
La primera contempla los gastos de promoción internacional, como la participación con expositor propio en ferias y congresos, los encuentros para presentar productos o servicios, las visitas a ferias especializadas fuera de España y los viajes comerciales de prospección.
También se incluyen las misiones comerciales internacionales y las misiones inversas.
Otra línea financiará campañas publicitarias en medios profesionales de los mercados de destino y los gastos necesarios para adaptar los productos a su comercialización exterior, como el etiquetado, las fichas técnicas y los envases en otros idiomas.
Las empresas podrán solicitar igualmente apoyo para realizar estudios de mercado destinados a identificar oportunidades comerciales, distribuidores, agentes o posibles clientes, así como estudios de viabilidad para implantaciones comerciales o productivas en otros países. Esta línea tendrá un límite máximo de ayuda de 6.000 euros.
El programa contempla además los gastos de certificaciones, homologaciones y registros de marcas exigidos o necesarios para operar en mercados internacionales.
Por último, será subvencionable hasta un máximo de 900 euros el coste del informe elaborado por un auditor inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas (ROAC), documento obligatorio para tramitar estas ayudas.
Cómo solicitar las ayudas de SODERCAN desde el 29 de octubre
Las empresas y personas autónomas interesadas podrán presentar sus solicitudes a partir del jueves 29 de octubre mediante el Gestor de Ayudas de SODERCAN, disponible en https://ayudas.sodercan.es.
Para iniciar el procedimiento deberán disponer de la documentación que acredite los gastos subvencionables, incluidos los justificantes de pago y el informe de auditoría.
La concesión directa no implica que la financiación sea automática. Las solicitudes deberán cumplir las condiciones del decreto y obtener una resolución favorable.
Con este cambio de procedimiento, las empresas podrán tramitar las ayudas una vez ejecutadas las actuaciones de internacionalización, sin tener que esperar a una convocatoria con un periodo limitado de presentación.

















