El primer barco centra la nueva convocatoria de ayudas del Gobierno de Cantabria para facilitar el acceso de jóvenes pescadores a la actividad profesional. La línea cuenta con una dotación inicial de 50.000 euros y está cofinanciada por el FEMPA.
La Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación ha convocado ayudas destinadas a apoyar la compra del primer barco por parte de jóvenes pescadores de Cantabria. La resolución, publicada en el Boletín Oficial de Cantabria el 9 de julio de 2026, busca favorecer el relevo generacional en el sector pesquero.
La convocatoria cuenta con una dotación económica inicial de 50.000 euros, que podrá incrementarse si existe disponibilidad presupuestaria antes de la resolución de concesión. La subvención está financiada con fondos del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura.
Las ayudas se dirigen a menores de 40 años con domicilio fiscal en Cantabria que acrediten al menos cinco años de experiencia como pescadores o dispongan de la titulación profesional exigida. También podrán beneficiarse personas jurídicas participadas al 100% por jóvenes que cumplan esos requisitos, así como adquisiciones conjuntas o parciales de embarcaciones cuando se garantice el control efectivo del buque.
El primer barco deberá cumplir requisitos de eslora, registro y actividad
Los barcos objeto de ayuda deberán estar operativos, inscritos en el Censo de la Flota Pesquera Operativa, tener una eslora máxima de 24 metros y reunir los requisitos de antigüedad y permanencia en el registro de la flota pesquera de la Unión Europea fijados por la normativa europea y autonómica.
La intensidad de la ayuda podrá alcanzar, con carácter general, hasta el 40% de los gastos subvencionables. En el caso de embarcaciones destinadas exclusivamente a la pesca costera artesanal, podrá llegar hasta el 100% de los gastos elegibles, de acuerdo con el Reglamento FEMPA.
Además, estas operaciones podrán ser cofinanciadas hasta en un 70% por la Unión Europea a través del FEMPA. Las solicitudes podrán presentarse durante un mes contado a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria, a través del Registro Electrónico General de la Administración de la Comunidad Autónoma o por cualquiera de los medios previstos en la normativa vigente.


















